06 Sep Subvenciones a las pymes industriales navarras
Serán subvencionables aquellos proyectos de inversión en activos
materiales o inmateriales cuya finalidad sea:
a) La creación de un nuevo establecimiento.
b) La ampliación de un establecimiento existente.
c) La diversificación de la producción de un establecimiento en
nuevos productos adicionales.
d) Un cambio esencial en el proceso general de producción de un
establecimiento existente.
Los proyectos deberán ser materializados entre la fecha de solicitud
de la ayuda y el 31 de marzo de 2019.
Gastos subvencionables:
1. Serán subvencionables los gastos que cumplan los siguientes
requisitos:
a) Aquellos gastos que contribuyan directamente a la consecución
de la finalidad del proyecto (base 3.1) y tengan por objeto:
I) La adquisición de terrenos para uso industrial, por importe que no
exceda del 10% del total de la inversión subvencionable.
II) La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
III) La compra o arrendamiento financiero de maquinaria, equipamiento
y activos inmateriales.
En el caso de que estos bienes se adquieran mediante arrendamiento
financiero o que se trate de bienes de segunda mano, se estará a lo
dispuesto en la base 5.
IV) Otros gastos, vinculados a los anteriores II) y III), tales como
honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería con el límite del 10%
del coste del valor de aquellas.
b) Se realicen en Navarra y se utilicen en el establecimiento beneficiario
de la ayuda, salvo los moldes y troqueles que pueden utilizarse en
otros establecimientos industriales de Navarra.
c) Se activen en el inmovilizado de la empresa en cuentas específicas
e identificativas del proyecto de inversión.
d) Cuando alguno de los gastos subvencionables supere el importe,
IVA excluido, de 12.000 euros (en el supuesto de suministro de bienes de
equipo o prestación de servicios por empresas de arquitectura e ingeniería)
o de 30.000 euros (en el supuesto de coste por ejecución de obra), la
beneficiaria deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado
con criterios de eficiencia y economía, para lo que deberá cumplimentar
el formulario “Justificación de la elección de proveedor” y presentar un
mínimo de tres ofertas.
El importe de la subvención se determinará en función de las características de la empresa y del proyecto de inversión
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el día 30 de noviembre de 2017, incluido. En el caso de que con anterioridad a esa fecha se agote el crédito presupuestario autorizado para esta la convocatoria, se informará del cierre adelantado del plazo de solicitud a través de la ficha de las ayudas.
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