APOYO A PROYECTOS DE CONSOLIDACIÓN DE MICROEMPRESAS

Descripción

Subvenciones que tienen por objeto  el apoyo a la competividad de las microempresas en sus fases críticas de puesta en marcha y consolidación

Plazos a cumplir

• Presentación de solicitudes: hasta el 12 de Septiembre de 2014  a  las 12.00 h  del mediodía

• Iniciación de los proyectos: desde el 1 de enero de 2014
• Ejecución de los proyectos:  antes del  31 de marzo de 2015

Empresas beneficiarias

Microempresas que  reúnan los  siguientes requisitos

• con domicilio social y fiscal en Gipuzkoa;
• de nueva creación, que no hayan  desarrollado su actividad bajo otras  denominaciones y/o formas jurídicas; y que no estén controladadas por accionistas que hayan cesado su actividad en los 12 meses previos (a la constitución de la actual empresa) si actúan en el mismo mercado o en mercados adyacentes.

• tamaño entre 2 y 9 personas;
• con más de años de 2 años desde la constitución y alta en el IAE y menos de 6 años en el momento de la publicación de la convocatoria anual de ayudas.

Costes subvencionables

Tendrán  la consideración de costes subvencionables los gastos de consultoría y trabajos externos prestados por entidades terceras que estén dirigidos a la mejora y competitividad de las empresas:

• Realización de estudios de mercado.
• Servicios externos con el objetivo de identificar o poner en marcha proyectos de innovación y/o mejora competitiva; nuevas líneas de actividad, mercados y nuevas estrategias de comercialización.

• Asesoramiento externo para la definición de la estrategia de comunicación y de imagen de la empresa.
• Servicios externos para la implantación y/o certificación de sistemas de gestión.
• Servicios externos para la realización de chequeos financieros (análisis económico-financiero de la empresa: análisis y recomendaciones).

• Servicios externos para la realización de chequeos sobre sistemas de gestión (análisis de los sistemas de gestión de la empresa: análisis y recomendaciones).

Los gastos de consultoría externa no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad. Así como todos aquellos relacionados con el desarrollo y aplicación de las TIC´s.

Las actuaciones subvencionables deberán tener coherencia con la actividad de la empresa solicitante y ser realizadas por empresas especializadas que no tengan vinculación societaria, personal o de intereses, ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante.

Cada empresa únicamente podrá presentar un único proyecto/año y con un coste mínimo de 2.000.-€.

Cuantía de las ayudas

Hasta el 60% del coste  elegible, que se verá incrementado en un 5% si el proyecto está promovido por mujeres y otro 5% si la actividad está encuadrada en la denominada economía verde o en la denominada economía  blanca, o en la  industria creativa

Para cualquier duda o aclaración contactar con nosotros en:

www.laukide.net o en el teléfono 943085818.

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